de Pasaje Seguro y CEAR
“La frontera sur de España ha sido un laboratorio migratorio de Europa (…) Todos los años ha habido negociaciones con Marruecos para el control de las fronteras; de hecho, todos los años si estabas un poco ojo avizor, había momentos en los que había saltos de la valla porque los militares marroquís suavizaban, bajo las órdenes del gobierno, porque iba a haber un encuentro hispano-marroquí. En el caso del Estado español, hubo mucha gente que se echó las manos a la cabeza: ay dios mío, cómo se pueden externalizar fronteras. Pues, bueno, perdón, pero es que en España se lleva haciendo mucho tiempo. Y estamos hablando de política migratoria que en su momento fue con el PSOE; si no recuerdo mal, la primera directiva de la vergüenza que hubo en Europa fue en tiempos de PSOE y fue la directiva con la que se crearon los CIEs, donde se retiene a personas hasta sesenta días, en condiciones infrahumanas. Entonces, en el Estado español no nos tenía que coger de sorpresa porque aquí, la frontera sur ha sido un campo experimental del tratamiento securitario, ilegal e inmoral de las migraciones.” (Fuente: Pasaje Seguro, Cantabria)
La siguiente entrada está tomada del Diccionario de Asilo. CEAR : “Externalización de fronteras: Unión Europea y asilo.” https://diccionario.cear-euskadi.org/externalizacion-de-fronteras/.
“La externalización de fronteras es un fenómeno que se caracteriza por una arquitectura de políticas complementarias entre sí que tienen como objetivo desplazar la gestión de las fronteras exteriores europeas hacia el Sur, evitando la llegada de personas refugiadas e inmigrantes. Busca frenar la inmigración irregular a través de la subcontratación del control migratorio a terceros países, creando una zona de freno previa y adquiriendo presencia en lugares estratégicos, ya sea por cuestiones de geopolítica o por intereses económicos.
Algunas de estas políticas, son: a) Imposición de visados: supone el primer impedimento para las personas refugiadas. Para entrar en el Estado español se exige visado a las personas provenientes de 134 Estados y territorios, entre los que se encuentran todos los de África, un total de 53. Estos datos, junto con la eliminación, en la Ley de Asilo, de la posibilidad de solicitar asilo por vía diplomática, reducen todavía más los recursos de los que las personas disponen para acceder a la protección internacional; b) Militarización de fronteras y reforzamiento de la Agencia Europea de Fronteras Exteriores (FRONTEX); c) Firma de acuerdos de readmisión; d) Centros de detención en terceros países (Centro de Detención de Nouadhibou); e) Impermeabilización de las fronteras europeas (muros y vallas, dispositivos de control, obstáculos a la petición del asilo, etc); f) Privatización del control migratorio mediante la imposición a las empresas de transporte de obligaciones de control de documentación de los y las pasajeras, con multas ante su incumplimiento.” (CEAR).
Bibliografía CEAR-Euskadi (2010): Desplazamientos forzados: los Derechos Humanos desde la perspectiva del Derecho de Asilo. Reivindicaciones y propuestas de cambio. Comisión de Ayuda al Refugiado en Euskadi, Bilbao. Migreurop (2013): Boletín nº 2, abril de 2013.


